jueves, 17 de abril de 2008

RENOVAR EL CONGREGACIONALISMO.

Hay un tipo de iglesias que nunca se congrega en asambleas de miembros para tomar decisiones. Algunas de éstas lo hacen así porque el pastor quiere decidirlo todo, con sus líderes más cercanos, y se siente amenazado en su ‘autoridad pastoral’ por la congregación. Hay otras iglesias en las cuales los oficiales o el diaconado se levanta como muralla para impedir la participación de la congregación. En ambos casos no se practica el congregacionalismo porque no se promueve ni se respeta el rol de la comunidad de creyentes que la Biblia nos enseña para la vida de la iglesia local.
Otro tipo de iglesias supuestamente congregacionalistas se jactan de ser democráticas, y tienen asambleas frecuentemente, de extensión horaria tan excesiva que agotan la paciencia de la persona más templada, con espacios abiertos para que todos digan lo que se les ocurra espontáneamente, y que casi nunca llegan a nada concreto, excepto contiendas y conflictos que siempre quedan sin resolver.
¿Cuál de estos tipos de iglesias es más congregacionalista? En mi opinión, ninguna de ellas. Me parece que entre nosotros mismos no estamos entendiendo bien qué es ser congregacionalistas. La crítica más compleja contra nuestro gobierno congregacionalista nos viene muchas veces del interior de nuestra obra, de pastores o líderes que no entienden el modo de ser iglesia congregacional, porque se fundamentan en casos extremos.
Ser Bautista es ser congregacionalista y a los Bautistas de este nuevo siglo nos interesa repensar nuestro congregacionalismo. Vale la pena autoevaluar nuestras formas de ser iglesia en cuanto a nuestro gobierno congregacional. Nos preguntamos si somos realmente congregacionalistas, o sólo lo somos en apariencia.
I. SOMOS CONGREGACIONALISTAS.
Se nos ha enseñado que hay tres tipos tradicionales de gobierno eclesiástico: episcopal, presbiteriano y congregacional. El gobierno episcopal, deriva su nombre del Griego ‘episcopos’, el cual se entiende como el modo en que la iglesia se conduce por la autoridad de su jerarquía clerical, en una estructura de mando estrictamente vertical, y donde la participación de la congregación o asamblea de creyentes juega un rol pasivo y observante.
El gobierno llamado presbiteriano, deriva su nombre del Griego ‘presbiteros’ del Nuevo Testamento, que significa ‘anciano’, el cual refiere al gobierno de los ancianos o líderes que forman el presbiterio. Se trata de una forma de gobierno de unos pocos representantes colegiados, que asumen el rol de toda la congregación, la cual es considerada sólo en menor escala.
El congregacionalismo viene del Hebreo ‘qahal’ o ‘edah’, que significa ‘congregación’, que se menciona más de 200 veces en el Antiguo Testamento. Este es el modo de gobierno en que la asamblea, es decir la congregación de creyentes, asume el rol principal de autoridad, dirección en la vida de la iglesia. En él hay participación e intervención de toda la membresía en el cumplimiento de toda la misión, rotatividad en las funciones directivas, autonomía en la toma de las decisiones, e interrelación e interconectividad interdependiente con las otras asambleas eclesiásticas denominacionales. Aquí ya se observan algunas diferencias entre el congregacionalismo y las otras formas de gobierno.
Otras diferencias que se pueden mencionar son las siguientes: las iglesias de gobierno episcopal y presbiteriano se caracterizan por cultivar una teología y liturgia sacramentalista, en tanto las congregacionalistas son simbólicas. Otra diferencia es que las iglesias episcopales y presbiterianas en algunos países son iglesias oficiales que favorecen la unidad de la Iglesia y el Estado, en contraste con las iglesias congregacionalistas que nunca serán iglesia oficial de ningún Estado, porque sostienen la separación de la Iglesia del Estado.
Otra diferencia es que los congregacionalistas creemos en sacerdocio universal de todos los miembros de la asamblea, mientras que las otras formas de gobierno afirman la identidad eclesial en el sacerdocio mediador del clero. Esto nos lleva también a que el concepto de iglesia de los congregacionalistas radica en el cuerpo de creyentes, en cambio en las otras formas de gobierno la iglesia radica en los sacerdotes.
Resulta interesante constatar el fenómeno de entrecruzamiento en el cual se observa que las iglesias jerárquicas desarrollan hoy en día movimientos críticos que favorecen la participación de un modo más congregacionalista, como por ejemplo en las comunidades de base del mundo católico romano, y que, por el contrario, en muchas iglesias congregacionalistas se busca un proceso inverso hacia la jerarquización episcopal, lo cual se puede explicar por un desconocimiento de la real naturaleza congregacionalista.
II. CUALQUIER CONGREGACION NO ES UNA IGLESIA LOCAL
Una iglesia local tiene ciertas características bíblicas que la constituyen en iglesia. No cualquier grupo de creyentes reunidos, por este sólo hecho, se puede autodenominar iglesia. Una iglesia local se caracteriza porque está integrada por una membresía de creyentes bautizados, que se reúnen en un templo o lugar que se use como tal, que pretende cumplir toda la misión de la iglesia (evangelizar, adorar, compartir, servir y enseñar), que es reconocida por las otras iglesias, que se congrega el primer día de la semana, que celebra los oficios de Bautismo y Santa Cena, que recibe ofrendas y diezmos, que es heterogénea en su membresía (incluye a todas las edades, clases sociales, etc), que se establece en forma permanente (no se reúne temporal, ni circunstancialmente), que tiene sus oficiales como los pastores y diáconos, y que celebra ceremonias (como bodas, funerales y presentación de niños). De este modo concreto podríamos caracterizar a una iglesia local.
Los grupos de creyentes, reunidos de modo esporádico, en una casa particular, un día Jueves, invitando sólo a gente de cierta clase social, con propósitos parcialmente espirituales, y que no cumplen con los requisitos anteriores, no pueden llamarse iglesia en el sentido pleno, según las enseñanzas bíblicas.
III. COMO FUNCIONA ESTE CONGREGACIONALISMO.
En una iglesia congregacionalista todo miembro bautizado tiene derecho a participar en la liturgia, en las decisiones, a plantear su visión espiritual y administrativa. No sólo en el tiempo designado para las Asambleas de Miembros, o sesiones administrativas, se puede participar. Se participa en todo momento, antes, durante y después de una Asamblea de Miembros. Prefiero la expresión Asamblea de Miembros a ‘sesión administrativa’ o sesión de negocios’. El primer concepto parece más bíblico, los dos últimos parecen más mundanos.
Como decíamos, la participación no se refiere sólo a la toma de decisiones en la iglesia. En una iglesia congregacionalista la participación o el derecho de la iglesia también se refiere a las tareas misioneras, teológicas y litúrgicas. El libre examen de las Escrituras es el principio mediante el cual todo creyente participa de la tarea interpretativa. El principio misionero señala además que todo creyente tiene que participar en las misiones, y no sólo quienes son misioneros profesionales.
IV. ASAMBLEAS DE MIEMBROS
Las Asamblea de Miembros son una parte importante del quehacer de la Iglesia. En ella servimos al Señor por medio de la administración y la organización de la vida eclesial, por lo tanto es otra forma de culto espiritual al Señor. En las Asambleas participan todas y todos los miembros de la Iglesia, es decir quienes han sido bautizados. Además, nada impide que todas/os quienes deseen integrarse a ella puedan hacerlo, sin ser miembros todavía, o sin ser bautizados. Es decir, pueden ser invitados a una Asamblea de Miembros todos/as quienes tengan interés en la vida organizativa de la Iglesia.
Tanto en el Antiguo Testamento, como en el Nuevo Testamento existen muchos ejemplos de estas asambleas del pueblo de Dios. Citemos algunos ejemplos: a) Moisés y Aarón tomaron decisiones reuniendo a la asamblea, Números 1:18; b) Dios entregó las tablas de la Ley en una asamblea, Deuteronomio 9:10; el Rey David pidió a la asamblea su conformidad para trasladar el Arca del Templo, 1ª Crónicas 13:4; c) el sabio Salomón pidió sabiduría a Dios delante de la asamblea, 2ª Crónicas 1:5; d) Nehemías convocó a asamblea para defender al pueblo, Nehemías 5:7; e) los líderes de la iglesia de eligieron en asamblea de los discípulos, Hechos 6:2; f) en el concilio de Jerusalén la iglesia se convocó para resolver el tema de la circuncisión de los creyentes, Hechos 15:22; g) el consejo del libro de Los Hechos es que en legítima asamblea se puede decidir las cosas en la vida de la iglesia, Hechos 19:39. Ejemplos como éstos abundan en el texto bíblico,
Dos propósitos básicos tienen las Asambleas de Miembros: información de la administración de las tareas de la Iglesia y toma de decisiones. INFORMACIÓN Y DECISIÓN. Las Asambleas no se constituyen para abundar en todos los detalles, contestar todas las preguntas, satisfacer todas las inquietudes o escuchar todos los discursos. Los líderes deben informar, es decir rendir cuentas transparentes, y deben consultar las decisiones, principalmente las decisiones mayores, ciertamente no necesariamente todos y cada uno de los detalles. El propósito de la Asamblea es velar por la participación de todos en la vida de la Iglesia, pero siempre guardando la unidad y el respeto entre todos.
El sentido común nos indica que las Asambleas deben ser breves, y atender a los asuntos claves de la marcha de la Iglesia. Asuntos que puedan esperar hay que tratarlos a su debido tiempo. No tenemos que tratarlo todo en una sola Asamblea, por lo que todos debemos disciplinarnos para que una asamblea sea atractiva en planes y si precisa y breve, cuanto más atractiva. Para hacer reuniones ejecutivas y bien dirigidas es necesario que la membresía hable lo justo, y no sólo hablar por hablar. Además, debemos delegar en los líderes y en encargados de los trabajos, de modo que todo resulte productivo y para la gloria de Dios.








V. CONGREGACIONALISMO NO ES SINÓNIMO DE DEMOCRACIA.
Justo Anderson, en su libro ‘Historia de los Bautistas’, tomo 1, página 65, afirma lo que él denomina el principio sociológico del orden democrático en que ‘una congregación bautista local teóricamente es una democracia pura’. A mi modo de ver esto es un error de concepto. En primer lugar, porque Anderson justifica su principio en el surgimiento de las repúblicas democráticas de las Américas, citando a Hudson y Tocqueville, relacionando el sistema político estadounidense como base de la práctica democrática de las iglesias bautistas, lo cual no puede estar más lejos de nuestras prácticas. Este planteamiento es equivocado porque la práctica asambleísta o congregacionalista nos viene, como vimos en el punto anterior, de las enseñanzas del Antiguo y Nuevo Testamento. Y en la historia, no debemos olvidar a las iglesias cristianas disidentes del primer y segundo milenio, quienes, antes de la Reforma Luterana, postulaban el gobierno congregacionalista. Anderson parece olvidar sus criterios históricos cuando desconoce las influencias de la reforma radical de 1550 en adelante en el surgimiento de los Bautistas, y sus vínculos con los Menonitas y otros grupos congregacionalistas, más de 200 años antes del surgimiento de las ‘repúblicas americanas’.
En segundo lugar, Anderson se equivoca al confundir democracia con congregacionalismo, porque democracia es un concepto griego, y congregacionalismo responde a la mentalidad judeo-hebraica. Las diferencias son notables: 1) en la democracia ganan la mayorías, en cambio en el congregacionalismo se busca el consenso; 2) en la democracia se promueve el partidismo, en contraste con el congregacionalismo que insiste en la unidad de todo el cuerpo; 3) en democracia las minorías no importan, lo cual es diferente del congregacionalismo que sí se interesa por cuidar a los grupos minoritarios; 4) en democracia se enfatiza la estructura como organización, en cambio en el congregacionalismo importa el cuerpo como organismo vivo y dinámico; 5) en democracia interesa el poder que da el gobierno, en el congregacionalismo interesa la autoridad que da el servicio al prójimo; 6) en democracia los modelos de gobierno son puramente humanos, a diferencia del congregacionalismo en donde la iglesia es el cuerpo de Cristo que conlleva una profunda dimensión misteriosa y trascendente.
Por todo lo anterior, no resulta lo mismo afirmar que somos congregacionalistas a que somos democráticos. El congregacionalismo es claramente mucho más completo, y más fiel a las enseñanzas de la Palabra de Dios.
Conclusión.
Cuando somos congregacionalistas reconocemos y respetamos la autoridad del Señor que radica en su comunidad de creyentes y nos involucramos todos en la vida de la iglesia, cada uno con sus dones particulares, para adorar, enseñar, servir, compartir y evangelizar. La participación de la congregación resulta esencial para su vitalidad como organismo vivo. Para todo ello, debemos seguir creando iglesias congregacionalistas, y revisando los modelos de iglesias que en la actualidad han perdido esta enseñanza bíblica. El desafío se plantea hacia construir iglesias cuya liturgia, teología y práctica sean auténticamente congregacionalistas. El desafío que dejamos es que edifiquemos iglesias cuyas Asambleas de Miembros sean más que nada una experiencia espiritual, en vez de reuniones que desaniman. El desafío es a dejar de conformarnos con las prácticas democráticas, y modelar iglesias que se constituyan más fielmente al estilo bíblico.
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Prof. Josué Fonseca, es Master en Teología,
actual Decano del Seminario Teológico Bautista
de Santiago de Chile.

1 comentario:

Anónimo dijo...

A proposito del tema... PODRIAN PUBLICAR ALGO ACERCA DE LO QUE ES G12, CREO QUE ES PERTINENTE QUE LA IGLESIA BAUTISTA EN CHILE SE PRONUNCIE TAL Y COMO LO HIZO EN BRASIL, YA QUE ELLOS NOS PRESENTAN UN NUEVO TIPO DE GOBIERNO EN LA IGLESIA, CON AUTORITARISMO POR PARTE DE LOS LIDERES.
SALUDOS Y BENDICIONES.

RODRIGO MUÑOZ G.